Quiero poner música en mi negocio

¿A quién debería pagar si quiero poner música en mi negocio?

quiero poner música en mi negocio

A raíz de la entrada anterior en la que hablábamos acerca de la legalidad de Spotify y su uso (o no uso) en establecimientos abiertos públicos, hoy, con este nuevo post, hemos querido profundizar un poco más respecto al tema de la ambientación de locales y aclarar la forma de actuar cuando se quiere reproducir música en un negocio. La cuestión es que hoy en  día existe un gran desconocimiento y desinformación en lo relativo a este tema. Muchos empresarios tienen ideas equívocas y, fruto del desconocimiento, actúan de forma ilícita con la reproducción de música en sus locales, lo que conlleva a pagar costosas sanciones.

Si quieres evitarte un dolor de cabeza a la hora de incorporar música a tu establecimiento, te aconsejamos que primero te informes de las diferentes opciones que existen, opciones legales, que seguramente te evitarán un disgusto. Probablemente quieras evitar “pasar por caja” y poder reproducir la música que desees siempre que quieras sin tener que pagar a la conocida SGAE, pero ya te advertimos que esto resulta complicado teniendo en cuenta la legislación actual de la propiedad intelectual. Si es cierto que existe una alternativa con la que evitas pagar a la SGAE y AGEDI/AIE, pero olvídate de reproducir la música que quieras.

Actualmente, la legislación española nos dice que cualquier tipo de establecimiento que reproduzca música, ya sea una discoteca, un centro comercial o una pequeña tienda, se considerará un acto de comunicación pública, es decir, implica el pago de los derechos de la propiedad intelectual. Podría ser un ejemplo de comunicación pública el hecho de que un comercio ponga como música ambiente la radio o la televisión, ya que está dando acceso a sus clientes a obras protegidas.

En definitiva, y respondiendo a la pregunta que formula el título de este post,  el poner música en un negocio abierto al público se considera un acto de comunicación pública, por lo que tendrás que pagar los derechos de la propiedad intelectual de las obras que reproduzcas. Esto implica pagar a la SGAE y también a AGEDI/AIE, y además asegurarse de que la música está autorizada para su uso comercial, ya sea de discos originales, la radio, la televisión o utilizando un servicio de hilo musical, como puede ser Xenox.

Dicho esto, podemos decirte que también existen otras opciones con la que podrás evitar el pago a SGAE. Se trata de las llamadas OGI, que al margen de la SGAE, te pueden proporcionar música ambiental de calidad, pero no comercial.

Aclaramos conceptos…

¿Qué es la SGAE?

Si preguntamos al grueso de la población sobre esta organización, seguramente obtendremos respuestas de quién tiene alguna vaga idea o ha leído algo en la noticias sobre algún caso, pero muy poca gente sabe exactamente la función de esta organización, que al contrario de lo que mucha gente piensa, es de ámbito privado.

La SGAE no es más que una organización, que siendo privada, está autorizada por la administración para la  gestión y recaudación de determinados derechos de la propiedad intelectual. Como ningún artista que se precie se va a presentar personalmente en tu negocio para reclamarte sus derechos, se creó este mecanismo que unifica y facilita la recaudación. Es decir, la SGAE se encarga básicamente de cobrar y velar por los derechos de autor de todos los cantantes, grupos musicales y artistas que se encuentran afiliados a ella.

Accede a las tarifas de la SGAE

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¿Qué artistas están afiliados a la SGAE? Actualmente el repertorio administrado por SGAE es superior a los 10 millones de obras musicales, dramáticas, coreográficas y audiovisuales, prácticamente la totalidad de los autores más conocidos y comerciales se encuentran bajo el paraguas de la SGAE. Si tiene un disco en el mercado al 99% será socio, por lo que si pones la radio en tu negocio, por ejemplo, tendrás que pasar por el aro de la SGAE y AGEDI/AIE sí o sí.

Tienes acceso a la lista completa de los afiliados en la web de la propia SGAE. Puedes buscar por autor para saber qué canciones usar o no usar en tu negocio y así evitarte el pago, pero no es una solución del todo fiable ya que la propia organización no se responsabiliza de la actualización de su repertorio, por lo que puede que hayan errores.

¿Qué es AGEDI/ AIE?

La SGAE es conocida por todo el mundo, se ha hablado mucho sobre ella, y a casi todo el mundo le suena. Pero con AGEDI/AIE no es así, muy pocos saben de su existencia y mucho menos de su función, pero si queremos poner música en nuestro negocio no solo vamos a tener que pagar a la SGAE, sino que también pagaremos lo proporcional a AGEDI/AIE.

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AGEDI/AIE, al igual que la SGAE, es una entidad de gestión legalmente reconocida por el Ministerio de Cultura, pero no son la misma organización ni tienen el mismo cometido. AGEDI/AIE,  a diferencia de la SGAE que se encarga de gestionar los derechos de los autores, gestiona los derechos de los productores fonográficos. Es decir, ambas entidades son independientes y se encargan de gestionar diferentes derechos de la propiedad intelectual, por lo que son compatibles y acumulables entre sí.

Accede a las tarifas de AGEDI/AIE

Como te adelantábamos al principio del post existe una alternativa igualmente válida y con la que te evitas el pago a la SGAE y AGEDI/AIE.

¿Cómo evitar el pago de la SGAE?

Evitar el pago de la SGAE y ambientar tu local con buena música también es posible. Existen alternativas que pueden cubrir perfectamente las necesidades musicales de tu negocio, pero no te va a ofrecer la misma música que tendrías pagando a la SGAE.

Te explicamos…

¿Qué es una OGI?

Los Operadores de Gestión Independiente (OGI), son entidades legalmente constituidas, aprobadas por el Ministerio de Cultura y que se encargan de gestionar los derechos de explotación, u otros de carácter patrimonial, por cuenta y en interés de varios autores u otros titulares de derechos de propiedad intelectual.

Pero esta alternativa tiene una peculiaridad, y es que no es música comercial, se ofrecen licencias de canciones y autores no conocidos, pero de igual o mayor calidad. Quizás no puedas tener el último éxito de David Bisbal o las canciones que suenan en “Los 40 principales” y demás emisoras, pero a cambio podrás descubrir nuevos autores y tus clientes también.

Desde Xenox Music & Media colaboramos con las OGI, ofreciéndote la alternativa que buscas si lo que quieres es huir del canon de la SGAE.

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